Una combinación de emojis puede llevar a alguien al calabozo, de la misma manera que un conjunto de palabras podría hacerlo. El problema no está en los signos empleados, sino en lo que se dice o se entiende. Los emoticonos no dejan de ser un lenguaje no verbal y lo que expresan, pese a su aspecto informal, no tiene por qué ser una simple broma.
De igual modo que podemos amenazar a alguien por la calle, de viva voz, profiriéndole expresiones tan claras como "te voy a matar", podemos hacer exactamente lo mismo por escrito. Por carta, redes sociales, pintadas, mensajería instantánea... y el hecho no deja de ser idéntico.
"Lo mismo ocurre con el lenguaje no verbal", nos explica la abogada Lucía Gil Vallilengua, experta en derechos de honor e imagen de la firma 451.legal. Porque de una acción lo que importan son los requisitos que exige los tipos delictivos en los que se pueda enmarcar y, en casos como las amenazas o las injurias, lo que se manifiesta concretamente.
No importa el lenguaje, importa el delito
"Al igual que podemos ver a alguien en la calle y estirando el índice y el pulgar, simulando una pistola, podemos amenazarle, podemos hacerlo de manera escrita utilizando el emoticono de la pistola. La cuestión conflictiva aquí es interpretar el emoticono para poder concluir si se dan o no los requisitos que exige el Código Penal", asegura Gil Vallilengua.
Como también nos explica Carlos Sánchez Almeida, letrado especializado en delitos informáticos e internet del Bufet Almeida, la clave de todo está en la interpretación judicial: "Los jueces tienen que ceñirse a lo que dice la ley y lo que tienen que analizar son unos hechos concretos que se someterán a consideración de si entran o no dentro de la definición de un delito establecido en el Código Penal".
Un tribunal deberá analizar todas las pruebas, el contexto, las relaciones previas entre agresor y víctima... Y a partir de ahí, verán si el mensaje concreto es constitutivo de delicto. Sean emojis, stickers o un tuit.
En el caso concreto de las amenazas, el Código Penal español en su artículo 169 define así a quien comete este delito.
"El que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico".
Es por ello que para que se dé este delito debe poderse determinar, según nos explica la letrada Gil Vallilengua, a quién se amenaza, el mal que se va a causar y las expresiones o los hechos. "Como vienen exigiendo los tribunales, deben ser capaces de causar intimidación en la persona a la que se dirigen, dando a entender la realización futura, más o menos inmediata, de un mal. Ello implica que han demostrar un propósito persistente y creíble". De ahí que un contexto de broma, por ejemplo, excluiría el carácter delictivo de los hechos.
Y lo mismo para otros delitos. "Esos gestos, que pueden ser realizados tanto en persona como manifestados a través de su representación en emoticonos, requieren de un análisis pormenorizado de todas las circunstancias que los rodean para poder determinar su consideración delictiva", aclara la abogada del despacho 451.legal.
Dependiendo del contenido exacto de los mensajes en los que intervengan los emojis, expone Gil Vallilengua, se analizará de una manera u otra con mayor o menor dificultad. Si nos encontramos con emojis y texto, "el texto además ayudará a darle significado a los emoticonos y, de manera, conjunta, será menos complejo determinar el contenido y significación del mensaje". Si solamente tenemos emoticonos, "habrá de estarse, además de al contenido que se deduzca de los emoticonos, especialmente al resto de circunstancias y contexto que rodee al mensaje" según explica.
La letrada asegura que se está hablando de la posibilidad de crear una suerte de diccionarios sobre el significado de los emojis, aunque tal iniciativa apenas solucionaría nada. "La cuestión relevante para determinar la intención de quien los usa y el sentimiento de temor que crean en quien los recibe [en el caso de amenazas], es el significado habitual que se hace de ellos", mantiene. Por esta razón, que una guía recogiese determinados significados no supondría una gran diferencia en su calificación jurídica.
La entrada de los emojis en los tribunales
Aplicaciones de mensajería como WhatsApp forman parte del día a día de muchas personas. En España, por ejemplo, se estima que una amplia mayoría de los internautas usan este servicio en manos de Facebook. Por eso no es de extrañar que las conversaciones mantenidas a través de este tipo de aplicaciones aparezcan cada vez más en sumarios judiciales.
Basta echar un vistazo a la jurisprudencia para encontrar, actualmente, más de 5.000 resoluciones judicial donde aparece WhatsApp. Los emojis, sin embargo, apenas aparecen citados como tal en un par de sentencias dictadas en España. Aunque si buscamos términos como emoticono encontramos más de medio centenar de documentos.
Nos detenemos en una resolución en la que los emojis desempeñan un papel importante; Sánchez Almeida nos puso sobre la pista. Se trata de una sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra, fechada en febrero de 2017, en la que se desestima el recurso a una condena por un delito leve de injurias con pena de 75 días de multa a razón de 5 euros diarios.
¿Cuáles fueron los hechos probado? Diversos estados de WhatsApp con emojis del cerdo o la vaca referidos a la expareja de la persona condenada que tenían como fin "atentar contra su dignidad y su propia estimación", siendo consciente de que esos mensajes podrían leerlos sus contactos.
"A mi me toco el gordo hace unos años haora que le toque a otrasss (emojis de risa y una rosa). La del tatuaje/ El que para arriba escupe para abajo le cae/ la p. ( emoji de cerdo) en bilbo".
"(emojis de una mano con dos dedos levantados).... Como los Vitorinos (emojis) BILBAO".
"Si la c... p. picsso hablaría de lo que ha sucedido estos días, no vas ha tener tiempo con lo que trabajas para pulirlos (emojis) que pus, pus (emoji de un toro/vaca)"
En países como Estados Unidos el fenómeno de los emojis ha entrado con mucha más fuerza en el terreno judicial, las disputas empiezan a contarse por decenas y encontrar un significado más o menos concreto a estas expresiones gráficas se ha vuelto un serio problema legal.
En un litigio por difamación celebrado en el estado Michigan, el significado de un emoticono formado por los dos puntos y una letra pe mayúscula fue objeto de debate. En un tablón de anuncios de internet había aparecido un comentario en el que parecía que se acusase a un funcionario de corrupción, pero el mensaje concluía con :P.
Tal y como se señala en un reportaje sobre esta cuestión en 'The Wall Street Journal', los jueces del Tribunal de Apelaciones de Michigan concluyeron en 2014 que ese emoticono "se emplea para representar un rostro con la lengua sobresaliendo para denotar una broma o sarcasmo". Por esa forma de entender lo que se ha dicho o querido decir, el comentario no podía tomarse en serio ni considerarse difamatorio. No hubo condena.
En cambio, en un suceso similar también ocurrido en Estados Unidos, un hombre sí resultó condenado. Había sido acusado de amenazar a su mujer por haber publicado una letra de rap amenazante después de que ella hubiese terminado con la relación. Aseguró que la letra era ficticia y prueba de ello era que había empleado el emoticón de la cara sonriente con la lengua fuera, pero al juez no le valió. Al margen de :P, consideró el conjunto del contenido como una amenaza y hubo condenada.
Otro caso llamativo, también recogido por el mismo medio estadounidense, es el de un hombre que supuestamente habría enviado mensajes de texto sexualmente explícitos a una posible empleada. En una de esas conversaciones, explica el reportaje, la potencial trabajadora respondió con un emoji que representa la marca que dejarían unos labios con pintalabios rojo. El debate estaba, según el abogado que explicaba el caso, en si ese emoji significaba que ella aprobaba las insinuaciones o era una forma cortés de mantener distancias.
"Es como la cara sonriente y llorosa", aseguraba el letrado. "¿Se ríe tan fuerte que llora o es otra cosa?". A la potencial empleada se le iba a preguntar por lo que quería transmitir con el emoji, pero el abogado mantiene que su respuesta podría no resolver el debate.
Un ejemplo más sobre cómo puede ser entendida legalmente una cierta combinación de emojis es este suceso ocurrido hace más de tres años también en Estados Unidos. Un chico de 17 años, con un largo historial de detenciones a sus espaldas, publicó tres mensajes en Twitter en los que incluía el emoji de un policía y dos emojis de una pistola a su lado. El Departamento de Policía de Nueva York los consideró amenazantes, detuvo al adolescente por amenaza terrorista y lo puso a disposición judicial.
El abogado del chico alegó en su defensa que los tuits no eran una amenaza y que esta dinámica podía acabar con los agentes persiguiendo a cualquiera que dijese simplemente "odio la policía". La comisaría desde la cual ser ordenó el arresto no tenía la misma opinión, claro. "Nos tomamos en serio todas las amenazas contra nuestros agentes de la autoridad", aseguraron.
"En definitiva, a la pregunta de si el empleo de emojis puede constituir un delito, la respuesta es sí, pero no como una realidad independiente de todo lo que la rodea", concluye la abogada Lucía Gil Vallilengua.
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La noticia Miembros del jurado, me han amenazado de muerte con un emoji fue publicada originalmente en Xataka por Toni Castillo .
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